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Contraloría ordena poner fin al uso excesivo de imagen del alcalde Orlando Vargas en redes municipales: estos son los detalles de la instrucción

El documento, dado a conocer previamente por Somos Arica en redes sociales, acoge denuncia por el uso reiterado de la imagen del alcalde Orlando Vargas y por publicaciones enlazadas a su cuenta personal. La materia será abordada en sesión del Concejo Municipal.

Una de las imágenes revisadas por Contraloría en el marco del análisis sobre uso de redes institucionales.

Mediante el Oficio N°72994/2026, la Contraloría Regional de Arica y Parinacota instruyó a la Municipalidad de Arica adoptar medidas respecto al uso de sus redes sociales institucionales. La materia será abordada durante la sesión del Concejo Municipal de este martes, instancia en la que el secretario municipal deberá dar cuenta del pronunciamiento ante el cuerpo colegiado.

La información había sido adelantada hace cerca de dos semanas por Somos Arica a través de sus redes sociales, dando cuenta de que Contraloría acogió una denuncia relacionada con el uso de plataformas digitales institucionales para la difusión de contenidos vinculados a la autoridad comunal.

De acuerdo con el análisis del organismo, se verificó que contenidos difundidos en la cuenta de instagram de la Municipalidad de Arica incorporaron vínculos directos a la cuenta personal del alcalde Orlando Vargas. Contraloría advirtió que esta situación se registró en diversas publicaciones.

El órgano de control sostuvo que no corresponde que redes sociales institucionales incluyan enlaces a cuentas personales de autoridades o funcionarios, ya que aquello implica utilizar bienes públicos para difundir o potenciar vías personales de comunicación, lo que resulta ajeno a las funciones propias de la institución pública. Señala que el municipio deberá arbitrar las medidas necesarias para que sus redes sociales sean utilizadas con fines exclusivamente institucionales.

Extracto del documento de Contraloría.
Extracto del documento de Contraloría que muestra una publicación municipal vinculada a la cuenta personal del alcalde.

Asimismo, Contraloría revisó las redes sociales institucionales de la Municipalidad de Arica, como instagram y facebook, durante el periodo comprendido entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, detectando publicaciones en las que se difundieron actividades comunales incorporando de forma reiterada la imagen y/o el nombre del alcalde.

En esa línea, el oficio recuerda que es la entidad municipal, como institución, la que presta los servicios que se comunican a la ciudadanía y no las autoridades de manera independiente. Por ello, el organismo instruyó que el municipio debe abstenerse de incorporar la imagen del alcalde Orlando Vargas como una práctica reiterada asociada a la difusión de actividades municipales.

Extracto del documento de Contraloría.
Extracto del documento donde Contraloría expone publicaciones revisadas en redes sociales municipales.

Otro de los puntos abordados por Contraloría fue la publicación de un video en plataformas oficiales del municipio, en el que el alcalde se refirió a afirmaciones del concejal Cristian Rodríguez. Sobre este aspecto, el organismo concluyó que dichas declaraciones no se relacionaban con un fin institucional del municipio, al estar orientadas a responder controversias de carácter personal o político.

Extracto del documento de Contraloría.
Publicación municipal del 29 de abril de 2025, mencionada en el análisis de Contraloría.

Con la revisión del documento, se confirma que el pronunciamiento de Contraloría apunta directamente al uso que deben tener las plataformas digitales de la Municipalidad de Arica, reforzando que estos espacios deben ser utilizados exclusivamente para fines institucionales. Se trata de un criterio que el organismo fiscalizador ya ha aplicado en otros municipios del país, como ocurrió en Maipú, cuando instruyó a la entonces administración municipal abstenerse de utilizar la imagen de la exalcaldesa Cathy Barriga como una práctica reiterada en la difusión de actividades comunales.