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Opinión: Pago mínimo… ¿o el fin del “mínimo”?

En esta columna, el abogado Erick Orellana analiza los efectos de la nueva normativa de la CMF sobre el pago mínimo de las tarjetas de crédito y sus posibles impactos en las familias chilenas.

Para miles de familias chilenas, la tarjeta de crédito dejó hace mucho de ser un instrumento para financiar compras excepcionales. Hoy, para muchos, se ha convertido simplemente en la forma de llegar a fin de mes. Lo que alguna vez sirvió para planificar vacaciones o enfrentar un gasto imprevisto, hoy financia supermercados, medicamentos y necesidades básicas.

En ese contexto, resulta inevitable preguntarse qué impacto tendrá la entrada en vigencia de la Norma de Carácter General N.º 537 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), una regulación que comenzó a aplicarse parcialmente en junio de este año y que entrará plenamente en vigor en junio de 2028.

Aunque pueda parecer un cambio técnico, sus efectos serán muy concretos para los usuarios. Desde este mes, muchos ya habrán observado un aumento en el pago mínimo exigido en el estado de cuenta de sus tarjetas de crédito. Ese monto seguirá incrementándose gradualmente con un objetivo claro: reducir el sobreendeudamiento.

La pregunta es si esta medida realmente logrará ese propósito.

Hasta ahora, cada institución financiera tenía amplio margen para determinar el cálculo del pago mínimo. En muchos casos, ese pago apenas alcanzaba para cubrir intereses, comisiones y otros cargos, sin reducir de manera significativa el capital adeudado. En otras palabras, el consumidor pagaba, pero su deuda prácticamente no disminuía, generando la falsa sensación de estar avanzando cuando, en realidad, permanecía atrapado en el mismo problema.

La nueva normativa busca corregir precisamente esa distorsión. El pago mínimo deberá considerar el denominado Monto No Financiable —que incluye intereses, comisiones, seguros y otros cargos del período—, además de un 5% del capital insoluto correspondiente al Monto Financiable. Así, cada pago tendrá un efecto real en la disminución de la deuda.

Sin embargo, la regulación también plantea un desafío importante. Si el pago mínimo aumenta para reflejar una amortización efectiva del capital, también aumentará la carga financiera mensual de quienes ya enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones. Y allí surge la gran interrogante: ¿esta medida disminuirá el sobreendeudamiento o terminará profundizando la situación de quienes simplemente no tienen mayor capacidad de pago?

A mi juicio, el sobreendeudamiento es un fenómeno mucho más complejo que no puede resolverse únicamente modificando la fórmula del pago mínimo. La norma parece partir del supuesto de que quienes hoy pagan el mínimo podrían pagar un poco más, cuando muchas familias ya destinan todo su presupuesto disponible para cumplir con esa obligación.

La intención de la CMF es positiva y apunta a corregir una práctica que, en los hechos, perpetuaba la deuda. Sin embargo, difícilmente una regulación aislada resolverá un problema que tiene causas económicas, sociales y culturales mucho más profundas.

Se requiere avanzar con la misma fuerza en educación financiera, promover un acceso más responsable al crédito, elevar los estándares para el otorgamiento de productos financieros y, sobre todo, fortalecer la capacidad económica de las familias para que sus ingresos les permitan cubrir sus necesidades sin depender permanentemente del crédito.

Porque, al final del día, ninguna modificación al cálculo del pago mínimo resolverá el problema de fondo si los hogares siguen teniendo que endeudarse para llegar a fin de mes. Y esa es, probablemente, la verdadera deuda pendiente.